Prueba indiciaria de falla médica no siempre demuestra ocurrencia del daño (2:52 p.m.)
19 de Mayo de 2015
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Nota:
101395
La Corte Constitucional determinó que si bien el Consejo de Estado ha condenado a la Nación por falla en el servicio médico ante la existencia de una prueba indiciaria, eso no significa que en todos los casos en los que este elemento demostrativo sea aportado deba declarar la responsabilidad estatal. Aclaró que esa posibilidad no supone que se invierta totalmente la carga de la prueba, pues no es suficiente para desplazar el valor de otros elementos probatorios que bien pueden descartar la ocurrencia del daño. Frente al caso concreto, la Corte encontró que, contrario a lo que parecían demostrar los indicios, las pruebas directas indicaban claramente que no hubo falla en el servicio médico. Por lo tanto, subrayó la Sala, el Consejo de Estado no desconoció su precedente (M. P. María Victoria Calle).
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