Predios adquiridos para la construcción de la avenida Los Comuneros pueden destinarse a programas de VIP (9:38 a.m.)
24 de Febrero de 2014
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Nota:
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Los predios adquiridos en desarrollo del Decreto 594 del 2007, por el cual se declararon condiciones de urgencia manifiesta para la adquisición directa o expropiación administrativa de predios para la construcción de obras complementarias a la avenida Los Comuneros, comprendida entre la carrera 8ª y la avenida Circunvalar a la altura de las calles 3ª y 4ª, que no sean incorporados al espacio público, podrán ser destinados a proyectos complementarios para adecuación y mejoramiento de las condiciones urbanísticas de la zona, al desarrollo de programas de vivienda de interés prioritario (VIP) o a obras destinadas al espacio público. Así lo señaló la Alcaldía de Bogotá, por medio del Decreto 75 del pasado 17 de febrero.
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