Precisan elaboración del plan de acción cuatrienal del Concejo de Bogotá (3:00 p.m.)
11 de Abril de 2016
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Nota:
106637
La formulación y adopción del plan de acción cuatrienal del Concejo de Bogotá se efectuará antes del 30 de abril del primer año de sesiones de cada nuevo periodo constitucional, a través de resolución reglamentaria que expida la mesa directiva de la corporación, previo consenso con los voceros de todas las bancadas políticas con representación. Corresponde a la oficina de planeación presentar cada seis meses un informe de gestión en el que se refleje el resultado de la ejecución, metas e indicadores. Así lo indicó el Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo 640 del pasado 5 de abril, por el cual derogó el Acuerdo 217 del 2006. El plan en mención deberá contener ciertos criterios mínimos, entre ellos, rendición de cuentas, visibilidad, régimen de bancadas, proceso de calidad y modernización permanente.
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