Por causar asfixia y daño cerebral, SIC prohíbe venta de minigelatinas en forma de cápsula (2:09 p.m.)
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08 de Julio de 2015
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Mediante la Resolución 35240, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decretó la medida cautelar de prohibir la importación, producción, comercialización y venta del producto denominado minigelatinas en cápsula, al existir evidencia de que su consumo puede causar asfixia e incluso la muerte del consumidor. Entre ellas señaló que tiene documentado el caso de una niña de 12 meses que murió a finales del 2014 a causa de un paro cardiorrespiratorio debido a la ingesta de este producto. Según la entidad, se determinó preliminarmente que el consumo de dichos productos resulta inseguro para la población infantil, debido a que por su tamaño, empaque y composición no logran ser masticadas al momento de su ingesta, pasando directamente a la garganta y obstruyendo la vía respiratoria. La SIC encontró que dichos productos son importados a Colombia desde China y son comercializadas en supermercados, tiendas, papelerías y demás establecimientos de comercio en todo el país. Entonces, la prohibición de la superintendencia establece multas de hasta $ 640 millones y, según lo anunció, en los próximos 60 días tomará una decisión definitiva respecto sobre dicha prohibición.
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