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Perjuicios ocasionados como consecuencia de allanamientos ilegales hacen patrimonialmente responsable a la Nación (10:50 a.m.)

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10 de Diciembre de 2014

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Los daños o lesiones emocionales que se originan como consecuencia de un allanamiento realizado de forma súbita, repentina y sin el lleno de los requisitos legales son atribuibles en el plano fáctico y jurídico a la administración pública. Así lo confirmó el Consejo de Estado, tras explicar que la Constitución Política al establecer la inviolabilidad del domicilio como derecho fundamental busca proteger los lugares en donde una persona desarrolla su privacidad. Según el fallo, esta institución no protege un espacio físico en sí mismo, sino principalmente al individuo en su seguridad, libertad e intimidad, en el entendido de que constituyen una esfera propia de autonomía personal que al ser sede de sentimientos, afectos y actividades deben estar a salvo de cualquier tipo de intrusión, molestia, interferencia o invasión externa, tanto de otras personas como de las mismas autoridades. Por todo lo anterior, para el alto tribunal resulta natural y comprensible que la violación del derecho mencionado, concretado en la abrupta irrupción en la vivienda de un ciudadano por parte de miembros de la Policía Nacional genere en su titular un daño indemnizable materializado por la incertidumbre y sentimientos de inseguridad (C. P. Hernán Andrade Rincón).

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