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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Niegan suspensión de reglas para depurar archivos de inteligencia y contrainteligencia

02 de Noviembre de 2021

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Nota:
134705

La Sección Primera del Consejo de Estado negó la suspensión provisional del Decreto 2149 del 2017, por el cual se establecieron las reglas para depurar la información de inteligencia y contrainteligencia que acopiaran los organismos de seguridad estatales, mientras se emite un juicio en torno a su legalidad.

Según los demandantes, no se tuvieron en cuenta las observaciones de la Comisión Asesora para la Depuración de Datos y Archivo de Inteligencia y Contrainteligencia (CAD) sobre la necesidad de contar con un organismo de depuración de información de carácter civil e independiente del gobierno.

Dichas observaciones se referían a suspender la eliminación de documentos durante, por lo menos, 10 años; establecer criterios de legalidad para depurar, mantener o retirar archivos, especialmente los relacionados con derechos humanos que tengan valor histórico, sin que sea posible destruir sus soportes, y remitir los documentos a la entidad de destino observando algunas recomendaciones.

El alto tribunal sostuvo que era deber de los demandantes aportar material probatorio que soportara sus argumentos. Cuando se examina una supuesta desviación de poder, como en este caso, se debe exponer ante el juez, de manera incontrovertible, que los motivos de la administración no corresponden a los previstos en la ley.

En esta oportunidad, precisó, no es posible verificar los antecedentes del acto, de manera que su estudio deberá adelantarse en las siguientes etapas del proceso (C. P. Roberto Augusto Serrato Valdés).

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