Modificaciones a reglamentación de la contratación pública han generado inseguridad jurídica: Consejo de Estado (8:00 a.m.)
29 de Octubre de 2014
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Nota:
98079
El Consejo de Estado negó la nulidad de algunos apartes del Decreto 66 del 2008, que reglamentó parcialmente la Ley 1150 del 2007 en lo referente a las modalidades de selección, la publicidad y selección objetiva en los procesos de contratación pública. Inicialmente, la corporación destacó que la norma acusada fue derogada en su mayoría por el Decreto 2474 del mismo año, derogado íntegramente por el Decreto 734 del 2012, que también fue expulsado del ordenamiento jurídico a través del Decreto 1510 del 2013, lo que indica una “débil estructuración de la política pública en materia contractual, lo cual incrementa los riesgos de corrupción”. Justamente, la rápida modificación y derogatoria de esas reglamentaciones ha incrementado la inseguridad jurídica, perjudicado los intereses y necesidades de la sociedad, impedido decantar los preceptos en las prácticas administrativas y obstaculizado los estudios doctrinales que guían la aplicación de estos, advirtió. Además, la falta de planeación de tal política también ha causado la expedición de normas que no superan el control de legalidad de la jurisdicción administrativa, agregó. Frente a las pretensiones del demandante, el alto tribunal estableció la cosa juzgada con respecto al parágrafo 2° del artículo 54, según el cual cuando los contratos interadministrativos sean de consultoría deberán someterse a las reglas previstas para el concurso de méritos, pues este fue anulado por la Sentencia 35177 del 2009. De otra parte, el fallo explicó que el Gobierno sí podía indicar las condiciones en las que se pueden utilizar criterios de experiencia específica del oferente y el equipo de trabajo en la realización de concursos de méritos, mientras esta evaluación resulte relevante para el cumplimiento del objeto a contratar (C. P. Hernán Andrade).
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