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Ministerio de Protección Social debe asumir las obligaciones judiciales de Cajanal una vez culmine su liquidación (9:21 a.m.)

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02 de Enero de 2015

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Por mandato expreso del Decreto 4409 del 2004, que dispuso la liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal EPS), el Ministerio de Protección Social (Minprotección) debe asumir las obligaciones derivadas de los procesos judiciales de esta entidad, una vez culmine la liquidación. Con esta aclaración, el Consejo de Estado indicó que no es posible declarar probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva, cuando en un proceso de nulidad y restablecimiento de derecho se demanda al Minprotección por la expedición de actos que deciden sobre las reclamaciones de créditos presentadas por Cajanal EPS. De acuerdo con el pronunciamiento, el proceso de liquidación fue culminado el 30 de marzo del 2008 y, a partir de esa fecha, la entidad gubernamental tiene la obligación legal de posesionarse en los procesos judiciales aun cuando no sea de manera directa la responsable de los actos de liquidación. (C.P. Maria Claudia Rojas Lasso)

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