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Mentir en un proceso penal exime de responsabilidad al Estado en casos de privación injusta de la libertad (10:44 a.m.)

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18 de Enero de 2019

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El Consejo de Estado explicó que en las acciones de reparación directa se debe verificar que la víctima ha cumplido las cargas que la ley impone por igual a todos. Estas se traducen en deberes básicos y comportamientos esperados necesarios para la convivencia, de tal forma que quien defrauda esos deberes se expone a padecer algún daño, bien porque de manera irreflexiva o imprudente impulsa su propia adversidad o porque con descuido y negligencia la favorece. Así, el fallo concluye que mentir o tergiversar información en un proceso penal exime de responsabilidad al Estado en los casos de privación injusta de la libertad y configura la causal de culpa exclusiva de la víctima. Encuentre la aplicación de esta tesis jurisprudencial en la resolución del caso concreto (C. P. Ramiro Pazos).

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