Laborar por horas o en determinado tipo de jornada no determina la existencia de un contrato de trabajo (1:55 p.m.)
06 de Noviembre de 2014
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Nota:
97914
El número de horas laboradas a la semana o el tipo de jornada de trabajo no determinan la existencia o no de un vínculo laboral, pues aun cuando se labore una jornada incompleta, por días o medio tiempo, si se cumple con una actividad personal, continua, subordinada y remunerada se está en presencia de un contrato de trabajo, en los términos del artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo y, por ende, con las respectivas obligaciones que se derivan, indicó el Ministerio del Trabajo. Así las cosas, independientemente de la duración de la jornada, los trabajadores tienen derecho al pago de las prestaciones sociales y demás derechos laborales consagrados en la ley. Para su liquidación, se deberá tener en cuenta que el salario mínimo mensual para el 2014 es de $ 616.000, diario de $ 20.533 y por hora de $ 2.567.
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