La teoría de los móviles y las finalidades incluida en el CPACA es constitucional (8:52 a. m.)
25 de Mayo de 2015
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Nota:
101304
La Corte Constitucional declaró exequible el aparte normativo del artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que consagra la teoría de los móviles y finalidades, con la que se faculta la solicitud de nulidad de ciertos actos administrativos de carácter particular. La demanda pretendía la exclusión de esta doctrina en atención a la figura de la cosa juzgada constitucional, teniendo en cuenta que mediante la Sentencia C-426 del 2002 se había declarado la inexequibilidad de la interpretación que la jurisdicción contenciosa realizaba sobre la misma. No obstante, para la Corte, el legislador en esta oportunidad se dio a la tarea de armonizar las visiones de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado sobre la acción de nulidad, para finalmente arribar a un postulado propio que no vulnera el derecho a la administración de justicia. (M.P. Gloria Stella Ortiz)
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