15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


¿La condena en costas por agencias en derecho procede de forma automática contra la parte vencida? (9:26 a.m.)

30 de Mayo de 2018

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Nota:
122782
El concepto de las costas del proceso está relacionado con todos los gastos necesarios o útiles dentro de una actuación de esa naturaleza y comprende las expensas del proceso, llamados en la Ley 1437 del 2011 (CPACA), gastos ordinarios del proceso. Así mismo, dentro de las costas se encuentran los gastos necesarios para el traslado de testigos y para la práctica de la prueba pericial, los honorarios de auxiliares de la justicia como peritos y secuestres, transporte de expediente al superior en caso de apelación, pólizas, copias, entre otros. De otra parte, en este rubro también se incluyen las agencias en derecho que corresponden a los gastos de apoderamiento judicial y el juez las reconoce discrecionalmente a favor de la parte vencedora atendiendo los criterios de los numerales 3° y 4° del artículo 366 del Código General del Proceso, y que no necesariamente deben corresponder al mismo monto de los honorarios pagados por dicha parte a su abogado. Por lo tanto, esta disposición no implica una condena automática u objetiva frente al vencido en el litigio, pues se deben observar factores como la temeridad, mala fe, así como la existencia de pruebas sobre el particular, donde el juez debe ponderar y sustentar la decisión, existiendo un margen de apreciación limitado (C. P. Sandra Lisset Ibarra).

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