Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


La causal en la cual se apoya la declaratoria de desierta de una licitación pública debe estar prevista en el pliego de condiciones (2:33 p.m.)

97338

17 de Octubre de 2014

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
A juicio del Consejo de Estado, la pretensión orientada a lograr la declaratoria de nulidad del acto administrativo por el que se ha declarado desierta una licitación debe soportarse en la ilegalidad de la regla aplicada del pliego de condiciones, por violación de alguno de los principios de transparencia, economía, interpretación de las reglas contractuales bajo los mandatos de la buena fe y la equidad y selección. Así mismo, la causal en la cual debe apoyarse la declaratoria de desierta una licitación pública debe estar prevista en el pliego de condiciones, el cual, en vigencia de la Ley 80 de 1993, estaba enmarcado dentro de los criterios de experiencia, organización, equipos, plazo y precio, aplicados de acuerdo con la ponderación precisa contenida en los pliegos. De acuerdo con el tribunal, lo anterior significa que el acto por el que se declara desierta una licitación pública se debe apoyar en el supuesto de que ninguna oferta cumple con los criterios de favorabilidad objetivamente señalados en el pliego de condiciones (C. P. Hernán Andrade Rincón).  

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)