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Información para el registro único de damnificados por la emergencia invernal puede remitirse antes del 15 de marzo (10:42 a.m.)

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16 de Febrero de 2011

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Aunque la Directiva Presidencial 3 del 2011 establece que la fecha de cierre de la recolección de información para el registro único de damnificados por la emergencia invernal es el próximo 15 de marzo, no es necesario esperar hasta ese día para remitirla a las gobernaciones, si se recolecta antes, precisó el DANE. Una vez hecha la inscripción de los damnificados en el registro, el alcalde procederá a diligenciar, a firmar y a remitir el acta oficial de cierre del registro al gobernador respectivo, con copia a la sede territorial del DANE de la jurisdicción regional correspondiente, en los términos del comunicado que acaba de expedir ese organismo.

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