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Incumplimiento de requisitos mínimos de etiquetas de confecciones y calzado acarreará multas hasta por mil salarios mínimos mensuales (3:13 p.m.)

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25 de Junio de 2010

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Los fabricantes, importadores y comercializadores de confecciones y calzado que incumplan con las especificaciones de etiquetado previstas en las resoluciones 933 del 2008 y 1950 del 2009 del Ministerio de Comercio podrán ser multados hasta con 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Así lo advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio, al recordar que las etiquetas de confecciones deben incluir, entre otros datos, el porcentaje de composición de las fibras textiles, las instrucciones e indicaciones de cuidado y conservación, la talla en idioma español o expresiones utilizadas de acuerdo con el uso cotidiano, el código del importador autorizado por la DIAN (para productos importados) o el NIT o código SIC (para nacionales). Los consumidores tienen el derecho de exigir que esto se cumpla en cualquier lugar donde se comercialicen tales productos, agregó la entidad.

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