Importante recomendación de la Sección a Tercera a jueces que conocen casos de reparación directa (3:56 p.m.)
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21 de Septiembre de 2018
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No todos los casos en los que se discuta la responsabilidad del Estado por daños derivados de un supuesto de hecho que guarde semejanzas deben resolverse de la misma forma, pues el juez puede, en cada caso concreto, válidamente considerar que existen razones tanto jurídicas como fácticas que justifican la aplicación de un título o una motivación diferente. Así lo concluye una sentencia reciente de la Sección Tercera del Consejo de Estado que hace varias precisiones probatorias para los jueces administrativos que conocen del medio de control de reparación directa. De ahí que el funcionario judicial debe resolver estos casos de manera que la solución obtenida consulte realmente los principios constitucionales que rigen la materia (C. P. Ramiro Pazos).
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