Generalidades sobre la desviación de poder en la insubsistencia de funcionario de libre nombramiento y remoción (2:29 p.m.)
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29 de Noviembre de 2018
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El Consejo de Estado señaló recientemente que en razón a las condiciones propias de un servidor público de libre nombramiento y remoción resulta ajustado a la legalidad el acto administrativo de insubsistencia para el mejoramiento del servicio, siempre que la decisión no resulte arbitraria y que no se evidencie un grosero desmejoramiento del servicio. Sin embargo, en virtud de la presunción de legalidad que cobija a los actos administrativos, le corresponde a quien alega la nulidad del acto que declara la insubsistencia del nombramiento demostrar, sin asomo de duda, que se produjo a partir de motivos que nada tienen que ver con el mejoramiento del servicio. De ahí que le corresponda a la parte actora demostrar que dicha declaración se presentó con una motivación o intención oscura, como por ejemplo: alejada del buen funcionamiento de la administración, ajena a cualquier interés público o que desde el momento en que fue adoptada la decisión se podía advertir, de manera evidente, que se presentaría un grave desmejoramiento del servicio (M. P. Gabriel Valbuena Hernández).
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