14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Genera responsabilidad del Estado la omisión para impedir daños en manifestaciones (8:30 a.m.)

22 de Junio de 2016

Reproducir
Nota:
125048
La falla del servicio surge a partir de la comprobación de que el daño se produjo como consecuencia de una violación, con una conducta omisiva del contenido obligacional determinado en la Constitución Política, la ley y los reglamentos que rigen la prestación del servicio de la Policía Nacional. Así lo informó la Sección Tercera del Consejo de Estado luego de condenar a esta institución por la omisión de  proteger y asegurar los bienes de un ciudadano, lo cual, para la Sala, es mucho más reprochable, si se tiene en cuenta que se trató de una manifestación o paro nacional donde es previsible que el orden público se vea alterado, en atención al nivel de excitación que manejan los manifestantes populares y a la intervención de grupos delincuenciales que se infiltran en la protesta social para cometer actos ilícitos. Según el análisis del caso concreto, para la alta corporación es censurable que, pese a la presencia de la Policía en el momento y lugar de los hechos, esta haya omitido intervenir para controlar o minimizar los disturbios y los daños causados, “no solo a los bienes particulares, sino también al edificio judicial que por su carácter oficial conlleva mayor riesgo de ser atacado o de ser objeto de la actuación de subversivos o personas antisociales que arremeten contra la organización estatal, consecuencia de lo cual resultó borrada la memoria judicial que reposaba en los archivos” (C.P. Jaime Orlando Santofimio).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)