Función de control urbano en Bogotá está a cargo de las alcaldías locales y del Consejo de Justicia Distrital (4:13 p.m.)
26 de Enero de 2010
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Nota:
65027
La función de control urbano en el Distrito Capital está a cargo, en primera instancia, de cada una de las alcaldías locales en que está dividido el territorio y, en segunda instancia, del Consejo de Justicia de Bogotá que, como máximo organismo de administración de justicia policiva, tiene publicadas sus decisiones más relevantes sobre sanciones urbanísticas en la página www.gobiernobogota.gov.co. Así lo indicó el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, en concepto del 9 de diciembre. La entidad precisó que no es autoridad de control urbano.
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