Explican ineficacia probatoria de actas de comité de conciliación de entidades públicas
20 de Agosto de 2021
En oportunidades anteriores, el Consejo de Estado ha sentado su postura acerca de la ineficacia probatoria de las actas de comité de conciliación de las entidades públicas. Así lo enfatizó la Sección Tercera de este alto tribunal, al resolver un recurso de apelación dentro del medio de control de controversias contractuales.
Al respecto afirmó la imposibilidad de valorar estas actas de conciliación o las actas del comité de defensa y conciliación de estas entidades como una prueba documental con la virtualidad de acreditar la efectiva ocurrencia de los supuestos de hecho en que se fundamentan las pretensiones, por cuenta de su contenido.
La corporación, en varios pronunciamientos, indicó la inviabilidad jurídica de considerar demostrado, a partir de la manifestación del consentimiento para conciliar que una entidad pública deposita en un acta, los hechos relacionados con el referido convenio que posteriormente se le imputen en un proceso judicial.
Sumado a ello, precisó que estas actas de comité de conciliación de las entidades públicas no remplazan la carga probatoria de quien alega el incumplimiento. (Lea: Solo transcurso del tiempo no genera una ruptura del equilibrio económico del contrato)
Conozca más precisiones y el desarrollo del caso concreto en el texto adjunto (C. P. Marta Nubia Velásquez Rico).
Opina, Comenta