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Expiden nuevo reglamento para el registro de productores de bienes nacionales (8:00 a.m.)

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09 de Julio de 2010

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Mediante la Resolución 331 y la Circular 20, el Ministerio de Comercio acaba de establecer el nuevo procedimiento para el registro de productores de bienes nacionales, que, entre otros efectos, tiene la calificación del origen de las mercancías exportables susceptibles de beneficiarse de las preferencias arancelarias previstas en los acuerdos internacionales aplicables a Colombia y el suministro de información para emitir conceptos de producción nacional registrada, en virtud de las solicitudes de importación bajo el régimen de licencia previa. El trámite debe realizarse a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) diligenciando el Formulario Único de Comercio Exterior (FUCE), suscrito bajo la gravedad de juramento por el representante legal de la empresa. Previamente, este debe obtener el certificado digital de firma de una entidad certificadora autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio. La vigencia del registro es de un año y deberá renovarse con un mes de anterioridad al vencimiento, hasta por dos veces consecutivas. Quedó derogada la Circular 3 del 2010.

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