Excepcionalmente, daño causado a militar en ejercicio de sus funciones genera responsabilidad estatal (8:10 a.m.)
10 de Octubre de 2014
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Nota:
63846
En principio, no hay responsabilidad estatal ante un daño sufrido por los miembros de las fuerzas militares en ejercicio de sus funciones, teniendo en cuenta que estas implican un alto nivel de riesgo asumido voluntariamente por estas personas al momento de incorporarse a dichas instituciones, indicó la Sección Tercera del Consejo de Estado. No obstante, cuando la lesión o la muerte nacen de una falla en el servicio o del sometimiento a un riesgo excepcional distinto al de los compañeros, debe endilgarse la responsabilidad a la administración, pues esto no hace parte del riesgo propio del servicio asumido por el agente, reiteró el alto tribunal (C. P. Hernán Andrade).
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