Esto se debe tener en cuenta a la hora de motivarse un pliego de cargos en materia administrativa (12:05 p.m.)
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07 de Mayo de 2018
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El Consejo de Estado confirmó la competencia de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para imponer una multa de $ 24 millones a la Empresa Multipropósito de Calarcá, encargada de la disposición final de las basuras recolectadas en el municipio de Armenia, por haber cobrado una tarifa superior a la autorizada por la Comisión de Regulación de Agua Potable. La empresa demandó las resoluciones por medio de las cuales se le impuso la sanción y la orden de devolución. La Sección Quinta de la corporación avaló la sanción y dejó sin efectos la orden dada a la sociedad prestadora del servicio de devolver los dineros cobrados en exceso al usuario encargado de la recolección domiciliaria e industrial, al concluir que a la firma se le restringió el derecho a defenderse. Según el fallo, en el pliego de cargos no fueron citadas las normas que aparentemente obligaban a la prestadora del servicio de aseo a devolver los dineros y se omitió motivar la decisión. Además, la Sala afirmó que la Superservicios interpretó equivocadamente estos mandatos, “que imponían que el infractor abonara los montos que cobró en exceso a la siguiente factura y no su devolución” (C. P. Rocío Araújo).
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