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Este es el marco regulatorio para las fotomultas (3:28 p.m)

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17 de Julio de 2017

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El Gobierno sancionó la ley que tiene por objetivo regular la instalación, adecuada señalización y puesta en operación de sistemas automáticos y semiautomáticos para la detección de infracciones de tránsito. El texto aclara que se entenderán por sistemas automáticos y semiautomáticos y otros medios tecnológicos las cámaras de video y equipos electrónicos de lectura que permitan con precisión la identificación del vehículo o del conductor. Ahora, todo sistema de fotodetección que se encuentre en operación o que se pretenda instalar deberá cumplir con los criterios técnicos que establezca Ministerio de Transporte (Mintransporte) en conjunto con la Agencia de Seguridad Vial, para los sistemas que ya se encuentren en funcionamiento se les otorgará un plazo de 180 días para tramitar esta formalidad. Por otra parte, corresponderá a la Superintendencia de Puertos y Transporte adelantar, de oficio o a petición de parte, acciones tendientes a verificar el cumplimiento de los criterios técnicos. En el evento de encontrar incumplimientos se podrá iniciar investigación correspondiente la cual podrá concluir con la suspensión de las ayudas tecnológicas hasta tanto cumpla con las obligaciones establecidas.

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