Establecen normas sobre programas anuales de auditoría a cargo de jefes de unidad u oficinas de control interno (11:45 a.m.)
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15 de Septiembre de 2014
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Corresponde a los jefes de unidad u oficina de control interno o quienes hagan sus veces en las entidades u organismos públicos de Bogotá, tanto del sistema central o descentralizado, elaborar en el mes de enero de cada vigencia el programa anual de auditoria y remitir copia, previa aprobación del comité de coordinación de control interno, a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, para que repose en la historia de su gestión. Así lo señaló el Decreto 370 del pasado 9 de septiembre. La disposición, que derogó los decretos 334 del 2013 y 105 del 2014, indica que será expedida la metodología de seguimiento correspondiente dentro de los dos meses siguientes a su expedición.
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