Entidades públicas de Bogotá deben observar concepto del Consejo de Estado sobre derecho de petición (9:57 a.m.)
11 de Febrero de 2015
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Nota:
99832
A través de la Circular 15 del pasado 6 de febrero, la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá solicitó a las entidades y establecimientos públicos distritales consultar y tener en cuenta el concepto emitido recientemente por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, sobre la normativa aplicable al derecho de petición, mientras entra en vigencia la ley estatutaria. Según el pronunciamiento de la corporación, desde el 1° de enero del 2015 y hasta la fecha anterior al momento en que empiece a regir la nueva ley se presenta reviviscencia de las normas contenidas en los capítulos II, III, IV, V, VI y parcialmente el VIII del Código Contencioso Administrativo (Decreto Ley 01 de 1984), por lo que la figura del derecho de petición está vigente.
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