12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


¿En qué se diferencia la familia de marcas de las conformadas por partículas de uso común? (8:01 a.m.)

24 de Septiembre de 2018

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Nota:
110019
En el derecho de marcas se admite la existencia de una pluralidad de marcas que posean un rasgo distintivo común, explica la Sección Primera del Consejo de Estado. Así, si este elemento figura al inicio de la denominación se producirá una impresión general común, toda vez que inducirá a los consumidores a asociarlas entre sí y a pensar que los productos a que se refieren participan de un mismo origen. De otra parte, el fenómeno de la familia de marcas se diferencia de las marcas conformadas por una partícula de uso común, ya que estas poseen un elemento de uso general, muchas veces necesario para identificar cierta clase de productos. Por tal razón, el titular de una marca que contenga una partícula de uso común no puede impedir que otros la usen en la conformación de otro signo distintivo; caso contrario sucede con la familia de marcas, cuyo titular sí puede impedir que el rasgo distintivo pueda ser utilizado por otra persona (C. P. María Elizabeth García).

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