En Bogotá, obras para transporte urbano deberán utilizar llantas usadas en un 10 % de metros cuadrados construidos (9:10 a.m.)
90923
28 de Agosto de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Como parte del desarrollo de acciones de control y gestión ambiental, toda persona que ejecute y adelante procesos constructivos de obras de infraestructura de transporte urbano en Bogotá, sean vías vehiculares o peatonales, ciclovías, puentes, túneles, etc, debe prever el uso de materiales provenientes del aprovechamiento de llantas o neumáticos usados o llantas no conforme, en un porcentaje no inferior al 10 % de metros cuadrados por cada contrato de obra. Así lo estableció la Secretaría Distrital de Ambiente, a través de la Circular 7 del pasado 1º de agosto, por la cual aumentó el porcentaje (anterior del 5 %), el cual deberá alcanzar el 25 %.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!