El vínculo con el servicio es determinante a la hora de establecer la responsabilidad estatal (4:44 p.m.)
29 de Abril de 2014
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Nota:
95921
En la responsabilidad del Estado la imputación no se identifica con la causalidad material, pues la atribución de la responsabilidad puede darse también en razón de criterios normativos o jurídicos, recordó el Consejo de Estado. Más adelante, el alto tribunal agregó que una vez que se encuentre definido que se está frente a una obligación que incumbe al Estado, se determina el título en razón del cual se atribuye el daño causado por el agente, es decir, se define el factor de atribución. Al definir los eventos en los cuales las actuaciones de los funcionarios comprometen el patrimonio de las entidades públicas, el alto tribunal reiteró que aquellas deben tener algún nexo o vínculo con el servicio. Lo anterior se explica al señalar que atribuir el daño causado por un agente al servicio del Estado significa que este se hace responsable de su reparación cuando el daño efectivamente ha tenido vínculo con el servicio (C.P. Olga Mélida Valle).
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