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Delimitación del ámbito sancionatorio administrativo debe efectuarse con criterio restrictivo (9:15 a.m.)

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09 de Agosto de 2016

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Así lo dijo una sentencia de la Sección Primera del Consejo de Estado luego de estudiar una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho entre una autoridad municipal y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. De esta manera, el alto tribunal indicó que el concepto de sanción no puede llegar a extenderse a todos y cada uno de los instrumentos con que cuenta la autoridad administrativa para el logro de los intereses colectivos, pues “al tratarse de una manifestación propia del ius puniendi debe constituir la última ratio”, por lo que no resulta apropiada su aplicación a cualquier disposición que implique la imposición de un gravamen”. Finalmente, concluyó que la delimitación del ámbito de lo sancionatorio administrativo debe efectuarse con criterio restrictivo (C.P. Guillermo Vargas Ayala).

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