Definen instrucciones para dar cumplimiento a la directiva presidencial que regula la justicia arbitral (3:57 p.m.)
07 de Enero de 2015
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Nota:
98422
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) precisó que las instrucciones impartidas en la Directiva Presidencial 4 del 2014 no implican el desconocimiento o la eliminación de la justicia arbitral como medio legitimo especializado y efectivo para resolver controversias que inciden en los asuntos de mayor impacto e importancia para la institucionalidad y el desarrollo del país. “La directiva no prohíbe la inclusión de cláusulas arbitrales o la suscripción de compromisos necesarios para activar esa jurisdicción. Así, su objeto es indicar que a cada gerente público corresponde establecer los casos en los cuales dicho mecanismo alternativo de solución de conflictos resulta necesario y procedente”, indica la Andje. En caso de existir dudas razonables que excedan el nivel habitual de complejidad que implica la suscripción de contratos estatales, las entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional podrán acudir a la agencia, tal como lo prevé la directiva. Por lo anterior, la Andje explicó en qué casos podrán solicitarle conceptos en esta materia. Por otra parte, para conformar el registro de arbitramentos públicos, solicitó a las entidades y organismos enviar al buzón electrónico la información señalada en la norma presidencial.
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