Decretos reglamentarios únicosEstos son los ajustes al régimen de licencias urbanísticas (9:32 a.m.)
26 de Julio de 2016
Reproducir
Nota:
124502
Mediante el Decreto 1197, el Gobierno modificó el Decreto 1077 del 2015, único reglamentario del sector de Vivienda, en lo relacionado con régimen de licencias urbanísticas. Así, dispuso que en los casos en que no se hayan culminado las obras correspondientes a construcción y/o dotación de las zonas de cesión pública y haya vencido el plazo de la licencia de parcelación, prórroga o revalidación se podrá solicitar una nueva licencia para saneamiento de cesiones, con el único fin de que se culmine. Agrega que esta solicitud solo procede cuando las obras faltantes por ejecutar no superen el 20 % del área total de las cesiones definidas para la respectiva parcelación. En cuanto al tipo de solicitudes, la norma añade, para el caso de ampliación, que la edificación que incremente el área construida podrá aprobarse contigua o aislada de la construcción existente, pero en todo caso la sumatoria de ambas debe circunscribirse al potencial de construcción permitido para el predio o predios objeto de la licencia. Por otra parte, hace ajustes en lo relacionado con los titulares de las licencias de urbanización, parcelación, subdivisión y construcción, vigencias y prórrogas.
Opina, Comenta