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Daño derivado de ejecución de obras públicas con concurso de contratistas genera responsabilidad estatal (3:40 p.m.)

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07 de Abril de 2015

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En los casos de daños a terceros causados con la ejecución de obras públicas realizadas con el concurso de contratistas, existe responsabilidad de la administración, porque ello se asemeja a la realización directa por esta, señaló la Sección Tercera del Consejo de Estado. A su juicio, eso no impide el llamamiento en garantía o la posibilidad de repetir contra los contratistas, con el fin de obtener el reintegro de las condenas pagadas. Por esas razones, el alto tribunal condenó al Instituto de Desarrollo Urbano y al distrito de Bogotá a indemnizar a los familiares de una persona que falleció cuando conducía su carro en un puente de la ciudad, el cual presentó fallas estructurales y de diseño, junto con ausencia de señalización adecuada, lo que condujo finalmente a su demolición, es decir, existió una falla del servicio. En ese sentido, la sentencia reiteró el deber a cargo de las autoridades competentes de garantizar el tránsito adecuado y seguro en las vías y, además, verificar el cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria en materia de señalización (C. P. Carlos Alberto Zambrano).

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