Cosa juzgada impide revivir norma anulada (8:00 a.m.)
16 de Marzo de 2015
Reproducir
Nota:
99209
Al resolver la acción de nulidad interpuesta contra el artículo 2° del Acuerdo 011 del 2007, expedido por la Contraloría General de la República, referente al funcionamiento del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, la Sección Tercera del Consejo de Estado ordenó estarse a lo resuelto en la Sentencia 35313 del 2009, que anuló esa misma norma. De acuerdo con la corporación, en este caso, operó la cosa juzgada, pues la solicitud de nulidad se fundamentó en las mismas disposiciones y argumentos considerados en dicho fallo. Al respecto, reiteró que, al carecer de vigencia, la norma anulada no puede revivirse para ser estudiada sobre lo mismo, pues ello implicaría afirmar que ella sigue produciendo efectos hacia el futuro, en contravía de la ley y tal principio (C. P. Danilo Rojas).
Opina, Comenta