Corte publica sentencia sobre reelección de directores de las CAR (11:39 a.m.)
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28 de Enero de 2019
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La Corte Constitucional declaró exequible la expresión “y podrá ser reelegido por una sola vez”, contenida en el artículo 28 de la Ley 99 de 1993, relacionado con el periodo de los directores de las corporaciones autónomas regionales (CAR). En efecto, constató que el legislador actuó dentro de sus competencias constitucionales sin usurpar funciones propias del régimen de autonomía de las CAR y sin atentar contra el derecho a la igualdad en el acceso a cargos públicos al restringir la reelección por una sola vez. Lo anterior ya que no existe ningún criterio de discriminación en la prohibición de segunda reelección, ni se afecta a grupos históricamente excluidos o marginados y menos aún se trata de crear un privilegio para los demás aspirantes. Por el contrario, es una medida de probidad, alternancia y garantiza la participación en condiciones de igualdad (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
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