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Contratos de obra pública celebrados con entes universitarios oficiales están sujetos a la contribución especial de la Ley 1106 del 2006 (4:51 p.m.)

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01 de Octubre de 2010

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La suscripción de contratos de obra pública y la adición al valor de los existentes, concesión de obra pública y otras concesiones a que se refiere la Ley 1106 del 2006, que celebren las personas naturales o jurídicas con entidades de derecho público, como lo son los entes universitarios oficiales, están sometidos a la contribución del 5% consagrada en la norma, sobre el valor del contrato o adición. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de septiembre.

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