A consulta, reglamento para el otorgamiento de beneficios por delatar acuerdos anticompetitivos (10:47 a.m.)
07 de Enero de 2010
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Nota:
63858
Una de las principales novedades del nuevo régimen de protección de la competencia (Ley 1340/09) consiste en la autorización a la Superintendencia de Industria y Comercio para conceder beneficios por colaboración a las personas naturales o jurídicas que participen en cualquier acuerdo restrictivo de la libre competencia que delaten su existencia y colaboren con la entrega de información, de pruebas o identifiquen a los demás participantes de esas conductas. El beneficio puede incluir la exoneración total o parcial de la multa que sería impuesta, y en ningún caso operará para el instigador o promotor de la conducta. Las condiciones generales para el otorgamiento de tales beneficios serán definidas por el Gobierno, a través de un decreto reglamentario. Su borrador acaba de ser publicado por el Ministerio de Comercio, que estará disponible para comentarios hasta el próximo 13 de enero, al correo portiz@mincomercio.gov.co.
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