Construcción de centros comerciales en Bogotá no podrá generar impactos urbanísticos negativos (11:21 a.m.)
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24 de Abril de 2015
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Antes de ser expedido el Decreto 79 del 2015, por el cual se modificó el trámite de planes implantación (PI) y de regularización y manejo (PRM), los centros comerciales de Bogotá se desarrollaban sin obedecer la normativa existente, debido a que la misma permitía otra interpretación, generando impactos al entorno inmediato relacionados con la movilidad vehicular y el flujo peatonal. La nueva norma establece que esta clase de construcciones se desarrollen teniendo en cuenta la dinámica actual de la ciudad y aplicando acciones de mitigación. Según Edgar Andrés Figueroa, director de planes maestros y complementarios de la Secretaría Distrital de Planeación, se evitará que el desarrollo de cualquier centro comercial que supere los 2.000 metros cuadrados genere impactos en sus alrededores, como trancones, ruido y altos flujos de personas, que irrumpen con la tranquilidad de habitantes y transeúntes. Los PI son instrumentos para la aprobación y reglamentación de grandes superficies comerciales o de dotaciones de escala metropolitana y urbana, con el fin de evitar impactos negativos en las zonas de influencia. Por su parte, los PRM aplican para usos existentes o aquellos que quieran cambiar su escala, ofreciendo soluciones viales y de tráfico y generación de espacio público, entre otros aspectos.
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