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Administrativo


Eliminación de incentivo en acciones populares no es retroactiva

La medida no opera de manera general e inmediata, sino frente a los asuntos que se presenten desde la fecha de entrada en vigencia de la Ley 1425 del 2010.
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03 de Septiembre de 2013

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La Ley 1425 del 29 de diciembre del 2010, que eliminó el incentivo económico para los actores populares, no puede aplicarse de forma retroactiva a los procesos iniciados antes de su promulgación, reiteró la Sección Primera del Consejo de Estado.

 

En esos casos, la norma aplicable es la vigente en la época en que se interpuso la acción correspondiente, explicó la corporación.

 

Para el alto tribunal, dicha reforma es sustancial y no procesal. Por lo tanto, su aplicación no opera de manera general e inmediata, sino frente a los asuntos que se presenten desde la fecha de entrada en vigencia de la ley.

 

Sobre el caso analizado, indicó que la falta de senderos peatonales en las vías de tránsito vehicular vulnera los derechos colectivos, porque no se garantiza la seguridad de los habitantes ni se protege el uso común del espacio público.

 

(Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia 17001233100020100046701, mar. 7/13, C. P. Guillermo Vargas Ayala)

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