Consejo de Estado recuerda parámetros de la acción de nulidad (2:58 p.m.)
28 de Enero de 2014
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Nota:
93971
La acción de nulidad y restablecimiento del derecho no está diseñada para pedir que se declare la legalidad o legitimidad de los actos administrativos, menos aún cuando de por medio se endilga la comisión de un delito que está siendo investigado por la autoridad correspondiente, indicó el Consejo de Estado. Más adelante, el alto tribunal recordó que la “cosa juzgada relativa” cuando se niega la nulidad permite que un acto administrativo se pueda demandar en acción de nulidad varias veces invocando como violadas nuevas normas jurídicas y a través de conceptos de violación distintos. Finalmente, la corporación reiteró que si se trata de recursos de apelación respecto de fallos inhibitorios injustificados se debe devolver el expediente al a quo para que estudie los cargos de la demanda que no realizó. En estos eventos, resolver de fondo la controversia en segunda instancia equivaldría a convertirla en única instancia, privando de esta manera a la parte desfavorecida del derecho fundamental de ejercer legítimamente su defensa, íntimamente ligado al debido proceso y al acceso a la administración de justicia (C.P. María Elizabeth García).
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