Consejo de Estado avala nuevamente limitación a la operación de juegos localizados y máquinas tragamonedas (10:51 a.m.)
29 de Diciembre de 2014
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Nota:
98536
La Sección Primera del Consejo de Estado negó la nulidad de algunos apartes del Decreto 1905 del 2008, los cuales limitaron la operación de juegos localizados y máquinas tragamonedas, arrogaron al entonces Ministerio de la Protección Social la reglamentación de protocolos que aseguren la confiabilidad de los juegos electrónicos y, además, asignaron a la extinta Empresa Territorial para la Salud (Etesa) la competencia para adoptar un programa que permita que los elementos de tales juegos estén conectados en línea y en tiempo real con el sistema de información de esta entidad. La sentencia reiteró que el decreto demandado aplica a las máquinas tragamonedas dispuestas para operar juegos de suerte o azar en locales destinados con este fin y no a cualquiera que deba ser accionada con monedas para proveer un bien o servicio. De otro lado, recordó que las funciones del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar se circunscriben a temas técnicos propios del ámbito del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, por tanto, su asignación al ministerio no altera la potestad reglamentaria del Presidente. Frente a la competencia de Etesa, la corporación explicó que aunque la Ley 643 del 2001 establece que dicho consejo tiene como función aprobar y expedir los reglamentos de las diferentes modalidades de tal tipo de juegos, esto es distinto a la facultad concedida por la norma a esa entidad (C. P. María Elizabeth González).
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