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Congruencia entre cargos de apertura de investigación y la conducta de la resolución de imposición de la sanción

Consejo de Estado explicó la congruencia entre los cargos y la sanción ya que las empresas investigadas incurrieron en la conducta de acuerdo para la fijación de precios.

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19 de Enero de 2023

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Le correspondió a la Sección Primera del Consejo de Estado resolver un recurso de apelación contra la sentencia que decidió sobre la legalidad de unas resoluciones mediante las cuales el Superintendente de Industria y Comercio impuso a unas empresas multas por infringir el artículo 1º de la Ley 155 y el numeral 1º del artículo 47 del Decreto 2153.

 

Para la Sala, sí existió congruencia entre la resolución de apertura de investigación y la que impuso la sanción, en lo correspondiente a los cargos formulados o la conducta imputada, en tanto ambos actos administrativos coinciden en establecer que dicha conducta consiste en que los investigados infringieron la prohibición general prevista, por incurrir en un acuerdo para la fijación de precios.

 

Al respecto cabe precisar que tanto en la resolución de apertura de investigación como en la que impuso la sanción se hizo referencia a que la conducta imputada contravenía las normas mencionadas.

 

En consecuencia, el alto tribunal resolvió revocar la sentencia apelada y ordenó remitir el expediente al tribunal para que se pronuncie respecto de los demás cargos de la demanda, ya que no prosperó el cargo de desconocimiento del debido proceso, en concordancia con el derecho de contradicción y el principio de tipicidad, toda vez que sí existió congruencia entre los cargos formulados (C. P. Nubia Margoth Peña Garzón).

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