Concejales tienen derecho al reconocimiento de honorarios por la asistencia comprobada a sesiones plenarias (10:58 a.m.)
24 de Junio de 2016
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Nota:
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En concepto del pasado mes de mayo, el Departamento Administrativo de la Función Pública recordó que los miembros de los concejos municipales tienen derecho al reconocimiento de honorarios por la asistencia comprobada a las sesiones plenarias a las que previamente se citen, los cuales deben reconocerse en cada periodo si efectivamente se causaron, sin superar los límites señalados en la Ley 136 de 1994, es decir, 70 sesiones ordinarias y hasta 20 sesiones extraordinarias, para las categorías tercera a sexta. Este reconocimiento debe hacerse mediante resolución, publicada en medio oficial, para que pueda ser impugnada por la ciudadanía e investigada por las autoridades, en caso de que no se ajuste a derecho.
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