13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Concejal no puede ejercer simultáneamente su curul y un empleo en la Contraloría

22 de Noviembre de 2023

Reproducir
Nota:
168779

De acuerdo con lo previsto en el artículo 179 de la Constitución Política, nadie podrá ser elegido para más de una corporación o cargo público, ni para una corporación y un cargo, si los respectivos periodos coinciden en el tiempo, aunque sea parcialmente.  

Según jurisprudencia del Consejo de Estado, esta inhabilidad se configura si la persona es elegida para más de una corporación o cargo público o para una corporación y un cargo si los respectivos periodos coinciden en el tiempo, así fuere parcialmente. 

No obstante, dicha inhabilidad se elimina si el elegido para una corporación o cargo público presenta renuncia antes de aspirar al otro cargo o corporación para el que también hubiere resultado elegido. 

Así las cosas, para efectos de la consulta, un concejal no puede ejercer simultáneamente su curul en esta corporación y un empleo en la Contraloría, pues la Constitución y la legislación lo prohíben de manera explícita. Para acceder al cargo, deberá renunciar y tener tramitada su renuncia como concejal. En caso contrario, se configuraría la incompatibilidad señalada.   

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites. www.ambitojuridico.com/suscribete.

Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)