Celebración de fiducia pública no implica la transferencia de dominio sobre los bienes o recursos (8:00 a.m.)
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04 de Agosto de 2010
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El contrato de fiducia pública no implica la transferencia de dominio sobre los bienes o recursos públicos, por lo que esta clase de negocio fiduciario introducido al ordenamiento por la Ley 80 de 1993 está siempre sujeto a la vigilancia y control fiscal por parte del Estado, precisó recientemente la Contraloría General de la República. Así mismo, indicó la entidad, los recursos públicos manejados en virtud de la fiducia no pierden su carácter de tales, independientemente de la naturaleza jurídica de la fiduciaria.
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