Cabezas de hogar que pierdan su vivienda por dación en pago o remate judicial podrán acceder al subsidio (3:41 p.m.)
74505
06 de Julio de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
El presidente Juan Manuel Santos explicó hoy algunos de los beneficios de la Ley 1469 del pasado 30 de junio, que revivió los macroproyectos de interés social nacional y dictó medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y promover el acceso a la vivienda. Según la norma, los usuarios de los créditos de vivienda de interés social o interés prioritario cabeza de hogar que hayan perdido su vivienda como consecuencia de una dación en pago o por efectos de un remate judicial podrán postularse, por una sola vez, para el reconocimiento del subsidio de vivienda, previa acreditación de calamidad doméstica o pérdida de empleo.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!