Cabezas de hogar que pierdan su vivienda por dación en pago o remate judicial podrán acceder al subsidio (3:41 p.m.)
06 de Julio de 2011
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Nota:
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El presidente Juan Manuel Santos explicó hoy algunos de los beneficios de la Ley 1469 del pasado 30 de junio, que revivió los macroproyectos de interés social nacional y dictó medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y promover el acceso a la vivienda. Según la norma, los usuarios de los créditos de vivienda de interés social o interés prioritario cabeza de hogar que hayan perdido su vivienda como consecuencia de una dación en pago o por efectos de un remate judicial podrán postularse, por una sola vez, para el reconocimiento del subsidio de vivienda, previa acreditación de calamidad doméstica o pérdida de empleo.
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