Así se negociarán condiciones de empleo entre entidades públicas y sus sindicatos (4:00 p.m.)
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06 de Febrero de 2014
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Con el fin de reglamentar la Ley 411 del 1997, aprobatoria del Convenio OIT, el Ministerio del Trabajo expidió un decreto para señalar el procedimiento de negociación de las condiciones de empleo entre las entidades públicas competentes y las organizaciones sindicales. La norma no aplicará para aquellos que desempeñen funciones de alto nivel político, jerárquico o directivo, trabajadores oficiales, servidores de elección popular y el personal uniformado de las Fuerzas Militares y de Policía. Para la comparecencia sindical a la negociación, se deben cumplir condiciones como realizar previamente actividades de coordinación para la integración de solicitudes y que los negociadores sean elegidos en asamblea estatutaria, entre otras. También se establecen los términos de la negociación y se deroga el Decreto 1092 del 2012.
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