Alcaldes locales de Bogotá deben solicitar autorización previa a la Secretaría de Gobierno para celebrar contratos con cargo a los fondos de desarrollo local (3:41 p.m.)
24 de Agosto de 2010
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Nota:
67978
Por medio del Decreto 341 del pasado 13 de agosto, la Alcaldía Mayor de Bogotá adoptó medidas relacionadas con las facultades otorgadas a los alcaldes locales de la ciudad para la celebración de contratos de apoyo y/o convenios de asociación con cargo a los recursos de los fondos de desarrollo local. De acuerdo con la disposición, corresponde a dichos funcionarios solicitar a la Secretaría Distrital de Gobierno autorización previa y escrita para la celebración de los mencionados acuerdos, conforme al procedimiento que esta expida.
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