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Al caso análogo fallado en sede de unificación se le debe aplicar el precedente horizontal: Consejo de Estado (4:10 p.m.)

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13 de Junio de 2014

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Al referirse a la Sentencia 21515 del 2012 y en aplicación del precedente horizontal (decisiones que debe observar el mismo juez o corporación que lo generó o por otro de igual jerarquía funcional), la Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la responsabilidad del Estado a título de daño especial por ataques de subversivos que afecten a la población civil. Para el alto tribunal, a un caso análogo fallado en sede de unificación se le debe aplicar el precedente horizontal, el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica. Finalmente, aclaró que no todos los casos de responsabilidad del Estado por hechos violentos de terceros, en el contexto del conflicto armado interno, se deben encauzar en el mismo título de imputación (daño especial) (C. P. Ramiro Pazos Guerrero).

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