Afectado por terminación unilateral del contrato debe pedir nulidad de la resolución que termina la relación anticipadamente (4:17 p.m.)
19 de Mayo de 2015
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Nota:
101392
El Consejo de Estado señaló que en casos como este no es posible examinar la ejecución contractual de la accionada, si en la demanda no se atacan las actuaciones administrativas por medio de las cuales puso fin al pacto de voluntades unilateralmente. Indicó que si la acción no cumple con esta exigencia, significa que se presume la legalidad de los actos en los que se declara el fenecimiento anticipado de la relación contractual. En el caso concreto, se decretó la excepción de inepta demanda, debido a que el actor omitió demandar las resoluciones por medio de las cuales se declaró el incumplimiento de contrato por parte suya y la terminación unilateral del mismo (C. P. Olga Mélida Valle de la Hoz).
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